Mostrando entradas con la etiqueta teleasistencia. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta teleasistencia. Mostrar todas las entradas

martes, 1 de enero de 2013

Repasando "En Social" el 2012

http://estaticos01.telva.com
Para acabar este año que mejor que hacerlo recordando las cosas más importantes ocurridas durante estos 365 días a los cuales ya hemos puesto punto...y seguido; porque seguiremos trabajando por hacer del nuestro un mundo "más social".

Marzo: Estreno de la película "El exótico Hotel Marigold" , basada en el libro del mismo nombre escrito por Deborah Moggach . En él se nos cuenta, a modo de comedia, la vida de un grupo de jubilados que deciden pasar esta etapa de su vida en Jaipur (India), donde se les ofrece una etapa de retiro en un país con un clima más cálido y otras tradiciones.

Mayo: Comienza la andadora del blog "En Social", una aventura en este mundo para su escritora y a día de hoy una experiencia muy gratificante.

Julio:  Se anuncia un duro retroceso para los derechos de las personas dependientes, al publicarse las medidas a aplicar dentro de la Ley para la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad. Entre las mismas se encuentras la eliminación de las valoraciones intermedias en la resolución de dependencia (pasando a quedar las valoraciones únicamente con grados y eliminando los niveles), la incompatilidad entre servicios (salvo el servicio de teleasistencia), por lo que si una persona disfruta de un centro de día no podrá tener ayuda por parte de la administración de una persona para levantarse y hacer el trayecto al centro.., reducción del 15% en la prestación por cuidadores no profesionales y eliminación de la cotización de éstos a la Seguridad Social por parte del Estado,...


Noviembre: Se aprueba el Real Decreto-Ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, que establece la suspensión de desahucios durante dos años y ordena la constitución de un fondo de viviendas para alquileres sociales.
El diccionario de la lengua española define la palabra desahucio como el desalojo o expulsión legal de un inquilino por parte del dueño de la finca, aunque también encontramos la defición de desahuciar como quitar a uno toda esperanza de conseguir lo que desea.
 Recordemos que en la actualidad no existen cifras oficiales por parte del Estado del número de desahucios ejecutados. En el artículo del diario digital Público titulado "Nuevo récord de desahucios: 526 diarios en el segundo trimestre de 2012"   se nos habla de que el Consejo General del Poder Judicial cifra el número de desahucios desde que comenzó la crisis en 400.000 en su totalidad (incluyendo primera y segunda vivienda, locales, establecimientos industriales o comerciales, trasteros y garajes); en el segundo trimestre de éste año ha habido 47.943 desahucios, con una media de unos 526 desahucios al día. Personas desalojadas de sus casa que han de volver a casa de los padres o abuelos, personas mayores que acogen a sus familiares; o en el peor de los casos, personas mayores que son víctimas de procesos de desahucio por haber sido avalistas de hijos en la compra de pisos.
En noviembre también se produjo la clausura del Año Europeo del Envejecimiento Activo y de la Solidaridad Intergeneracional, sobre el cual hemos recogido en este blog varias entradas.

Espero que disfrutéis de estos momentos en que parece que las cosas van con más calma, y que da más tiempo a pensar y a reflexionar; y a cargarse de energía para el año que comienza.

domingo, 11 de noviembre de 2012

Una aproximación al análisis de la Ley de Dependencia y sus servicios (I)

Actualmente estoy tratando más de cerca con los trámites relacionados con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre de "Promoción de la Autonomía Personal y Protección a las personas en situación de dependencia", más conocida como "Ley de Dependencia".

Esta ley, aprobada en España a finales del año 2006, pretende dar respuesta a las diversas situaciones de las personas que necesitan de la ayuda de otra para realizar tareas básicas en su día a día (levantarse de la cama, asearse, comer...) o actividadess que requieren una mayor complejidad (planificar una comida, coger un autobús,...); así como a sus familias, que en la mayor parte de los casos asumen el papel de cuidadores.
Para ello la ley define la dependencia como "el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal".
Diferenciándolo del término discapacidad, que la Organización Mundial de la Salud (OMS) define como «dentro de la experiencia de la salud, toda restricción o ausencia (debida a una deficiencia) de la capacidad de realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal para un ser humano.»

 Esta ley reconoce el derecho de las personas con dependencia a una serie de prestaciones que faciliten su vida y la de las personas que les prestan apoyo o se ocupan de ellos. Muchos de éstos recursos ya existían antes de la presente ley, como son los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio... y otros se han añadido con la misma, como la figura del asistente personal o el servicio de prevención y promoción de la autonomía personal.

En relación a la figura del asistente personal, Alejandro Rodríguez-PicaveaJavier Romañach nos describen esta figura en su artículo "Consideraciones sobre la figura del Asistente Personal en el Proyecto de Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia"  como una persona que ayuda a otra a desarrollar su vida, realizando o proporcionando apoyo para realizar las tareas de la vida diaria que por su situación, bien sea por una diversidad funcional o por otros motivos, no puede realizar por sí misma. Esta ayuda está regulada por un contrato profesional.

En España la población a día 1 de enero del 2012 era de 47.212.990 habitantes, de las cuales 752.005 eran beneficiarias y tenían algún tipo de prestación.
Se recibían un total de 931.754 prestaciones (recordemos que una misma persona puede recibir varias prestaciones, dependiendo de las compatibilidad de las mismas), de las cuales el 45.5% son prestaciones económicas por cuidados en el entorno familiar (sólo 906 son a través de asistente personal), y el 54.5% restante son prestaciones de servicios.
La atención residencial tiene un total de 184.675 perceptores;  124.420 en plazas públicas y 60.255 a través de prestación económica vinculada al servicio. Los restantes 323.154 servicios  del total de la atención, se presta mediante  centros de día/noche 59.968 , ayuda a domicilio, 119.912 , teleasistencia 125.742 y prevención y promoción de la autonomía personal 17.532 .

El servicio de prevención y promoción de la autonomía personal se articula en torno a actividades formativas (charlas, talleres,...) con el fín de proporcionar a las personas dependientes y a sus familias conocimientos e instrumentos que les sirvan de ayuda, y formación  para que puedan asumir mejor las tareas que ya vienen realizando.

A día de hoy son muchas las personas beneficiadas directa o indirectamente por la presente ley, personas que ya reciben un recurso, o que están a la espera del mismo, y la previsión es que este número vaya en aumento. Por ello es importante cuidar y reivindicar tanto por parte de los profesionales como de la población toda esta serie de recursos necesarios e indispensables para todos.